Habitantes de los cerros orientales alzaron la voz
Publicado: 5 octubre, 2012 | Autor: notiagen | Archivado en: Ambiente y territorio, Bogotá/Cundinamarca, Derechos humanos, Derechos sociales, Infraestructura, Movilización social, Noticias, Vivienda |2 comentariosEn Bogotá el pasado 3 de octubre, como preámbulo a la Semana de la Indignación convocada por varias organizaciones sociales, se escucharon las consignas que pronunciaron cerca de 500 personas, en defensa de su territorio.
En la mañana del 3 de octubre se movilizaron desde el Parque Nacional, en el centro de Bogotá, hasta la sede del Consejo de Estado pobladores de los cerros orientales para denunciar la amenaza de despojo de sus viviendas y de su espacio de vida y para demandar del ente estatal una decisión jurídica favorable. Hugo mendoza, uno de los organizadores del evento comentó: «estamos hablando de la suerte de 200.000 personas que habitan en 63 barrios de 5 de las 20 localidades de Bogotá: Usme, San Cristóbal, Santa Fe, Chapinero y Usaquén».
Los cerros orientales constituyen una frontera natural de la sabana de Bogotá cuya longitud es de 52 kilómetros que abarcan desde el cerro de Torca al norte, hasta el Boquerón de Chipaque, al sur. Su anchura varía entre 12 y 1.250 metros y tiene un extensión de 14.116 hectáreas que forman el borde de la ciudad y son visibles desde casi todos los puntos de la capital de Colombia, pues tiene alturas que oscilan entre 2.575 y 3.575 metros sobre el nivel del mar.
Orígenes y razones
La problemática que resaltan los manifestantes tiene origen en las decisiones jurídicas y gobernativas que desde hace más de 30 años viene tomando el Estado sobre esta área de la ciudad.
En septiembre de 1976, el entonces Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (Inderena) declaró y alindero como Área de Reserva Forestal Protectora la zona denominada Bosque Oriental de Bogotá. Un área de reserva forestal, según indicaba el artículo 207 del Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente, «solo podrá destinarse al aprovechamiento racional permanente de los bosques que en ella existan o se establezcan y, en todo caso, deberá garantizar la recuperación y supervivencia de los bosques».
Más recientemente, otro ente estatal, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) mediante resolución 1141 del año
2006, adoptó el «Plan de Manejo Ambiental de la Zona de Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá». Esta decisión, «fue una planeación sin nosotros», señaló Hugo, quien es habitante de los cerros y se encontraba en la manifestación del 3 de octubre pasado. Él añadió: «La decisión se tomó desde el escritorio, porque cuando ellos trazan la línea y después van al territorio se encuentran que dentro de ella hay muchos barrios y hay habitantes. Por eso estamos diciendo que la Corte debe pronunciarse en cuanto ellos están diciendo que esa resolución no puede ir porque significaría el desplazamiento de 200.000 personas y eso constaría mucha plata».
En otra parte de su testimonio, este poblador sugirió que de parte de las autoridades falta transparencia, pues en estos últimos años se han adelantado construcciones en el área de la reserva por parte de instituciones reconocidas: «nosotros hemos hecho un seguimiento: la Universidad de los Andes, por ejemplo, tiene una licencia de construcción sobre la carrera tercera e incluso toda la construcción la tienen arriba sobre la circunvalar, que eso es como (carreras) sexta o séptima este; todo esto es dentro de la reserva. Ningún joven de la localidad estudia en esta universidad, pero ellos si talaron más de 2.000 árboles para construir un edificio con parqueaderos, una piscina y una cancha de fútbol en plenos cerros orientales; igual pasa con la Universidad Externado y la Manuela Beltrán».
También destacó el hecho de que en el norte de la ciudad ocurre algo similar: «nosotros quedamos extrañados pues hace 20 ó 25 años venimos haciendo las caminatas por los cerros y siempre bajamos por la calle 145 ó la 170 y nos encontramos el año pasado con casetas de celadores donde nos van diciendo que eso es del señor Ardila Lule. Ya están talando árboles y metiendo caminos para depredar el sector y entrar las constructoras. Eso ocurre mientras que a nosotros, por poner una teja, nos cobran multas de millones de pesos».
En 2007, Héctor Álvarez, otro habitante del sector, había indicado que «el trasfondo real del asunto descansa en los intereses privados y particulares que bullen en torno a los proyectos de construcción de viviendas de interés social para los estratos 3 y 4». Y llamaba la atención sobre el hecho de que los promotores de estas obras consideran que los habitantes asentados allí, es decir, personas como Hugo, «en su mayoría de estratos 1 y 2, no están pagando justamente el goce de los privilegios que ofrece esta zona: la altura, el aire más puro, el paisaje del bosque y la misma vista panorámica sobre la ciudad». Eso lo planteó en el marco del Encuentro de experiencias de exigibilidad y resistencia por el derecho al territorio, realizado en Barrancabermeja, en el año 2007.
Proponen los habitantes
Héctor, Hugo y otras personas que habitan este territorio se agrupan en la llamada Mesa Ambiental de los Cerros Orientales. En cuanto tales, presentaron en enero de 2008 una propuesta de política pública titulada Pacto de Vida por la Defensa de los Cerros Orientales de Bogotá desde los Asentamientos Populares, en el que indican la necesidad de:
«1. Participar, incidir y decidir directamente en las políticas y acciones públicas en defensa de los Cerros Orientales, como soporte a la vida, incluida la del ser humano y los otros seres vivientes.
«2. Declarar a los Cerros Orientales como Áreas Protegidas, reconociendo la permanencia histórica de los asentamientos populares como alternativa para enfrentar problemas como la especulación con el precio de la tierra.
«3. Involucrar otras formas organizativas y habitantes de la ciudad y de la región por la defensa del patrimonio natural.
«4. Hacer seguimiento para que los recursos públicos no se destinen a la compra de tierras que favorezcan a los grandes propietarios. En ese sentido, proponemos darle aplicación al Artículo 58 de la Constitución Política, en relación con la función social y ecológica de la propiedad.
«5. Articular los procesos que vive el territorio a la redistribución equitativa de cargas y beneficios y a la financiación de la infraestructura, con redistribución social de las plusvalías.
«6. Incidir en los distintos niveles de planeación donde realmente se ordena el territorio, como son los planes maestros, planes zonales y parciales.
«7. Vigilar la acción de las autoridades gubernamentales como el Departamento Administrativo del Medio Ambiente (Dama), la Corporación Autónoma Regional, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y demás entidades, en relación con el cumplimiento de la normatividad de las reservas forestales y de los Cerros».
8. Los pobladores también se comprometieron a «mantener permanente comunicación, recuperando las vivencias de nuestros barrios, el origen de los primeros pobladores, generando sentido de pertenencia con el territorio y trasmitiendo estas propuestas a las futuras generaciones.
«9. Asumimos la labor de corresponsabilidad de los habitantes con la naturaleza, para que los Cerros no sigan siendo ocupados por nuevos asentamientos. Esta iniciativa debe asumir como tarea la elaboración de un pacto de borde en cada uno de los asentamientos populares.
«10. Generar espacios de discusión con los movimientos sociales de los municipios vecinos para construir conjuntamente una visión integradora de los Cerros Orientales como región».
Otras voces Otro habitante del sector que prefirió guardar el anonimato afirmó que «los municipios vecinos como La Calera deben ponerse de acuerdo con el gobierno del Distrito para el manejo de recursos como los páramos dentro de una visión de ciudad-región». Y añadió: «uno no entiende la filosofía, porque para estos barrios no hay inversión del Distrito en infraestructura como acueducto y alcantarillado y sí cobran impuestos… Necesitamos que el Consejo de Estado se pronuncie, para saber el concepto jurídico y de una vez por todas saber a qué atenerse uno».
Otro manifestante comentó: «vivo en en el barrio Cerro Norte; en ese mismo sector hay otros 6 barrios; vivo aquí hace 28 años pero hay gente que lleva 45 años viviendo ahí; lo bonito es cuidar y disfrutar los árboles; en el barrio somos más de 200 habitantes».
Andrés Plazas también participó en la marcha y hace parte de un grupo de personas que se identifican como Los Amigos de la Montaña y que se han convertido en defensores de una de las quebradas que baja de estos cerros: la quebrada La Vieja, que se sumerge en el cemento y el asfalto de la ciudad por los lados de la calle 72. Andrés es autor de una crónica titulada Amigos de la Vieja, que hizo parte de una compilación de escritos, Memorias del Agua en Bogotá, promovida por la Biblioteca Luis Ángel Arango, la Universidad Javeriana y la Alcaldía de Bogotá, en el año 2010. En esa crónica resalta cómo existe una comunidad que disfrutan y quieren este bien de la naturaleza, que ella los alimenta espiritual y físicamente: «Todos hablamos de La Vieja con emoción. Decimos que nos cambió la vida y que nos sabríamos que hacer sin ella». En medio de la marcha señaló «que si los ciudadanos perdemos los cerros orientales empiezan a primar el bien privado sobre el bien común; el bien común son los cerros orientales para todos los ciudadanos».
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Resolución 1141 del 12 de abril de 2006 (fragmento)
PLAN MANEJO AMBIENTAL DE LA RESERVA FORESTAL
BOSQUE ORIENTAL DE BOGOTA
No existen fuentes de recursos suficientes para cumplir con la orden de legalizar la vivienda existente en la franja de recuperación ambiental, dada en la Resolución 463 de 2005 expedida por el MAVDT.
No existe claridad acerca del alcance de las precisiones cartográficas que se plantean en la Resolución 463 de 2005 para definir asentamientos humanos que puedan considerarse como parte de la zona de reserva;
Presencia de vivienda en la franja de adecuación definida por la Resolución 463 de 2005, lo cual es incompatible con los objetivos de una reserva forestal protectora en el evento de que dicha franja sea incorporada a la reserva.
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